martes, 14 de junio de 2011

Uruguay: Los caminos políticos, jurídicos y legislativos para evitar la prescripción

El abogado Chargonia analiza el pronunciamiento de la Suprema Corte y las obligaciones del Poder Ejecutivo, el Judicial y el Legislativo. HIJOS pedirá a Mujica que revoque todos los decretos que amparan casos en la Ley de Caducidad. Ante las diferentes versiones sobre la respuesta de la Suprema Corte de Justicia a Mirtha Guianze y sus implicancias en la prescripción de los delitos de violaciones a los DDHH el 1º de noviembre EL POPULAR dialogó con el abogado Pablo Chargonia, especialista en causa de DDHH.

Chargonia ha llevado numerosos casos como el de Elena Quinteros, fue perito en el caso Gelman ante la Corte Interamericana de DDHH y presentó el escrito pidiendo la revocación del decreto de Julio María Sanguinetti para el caso de la muerte en tortura de Alvaro Balbi. Chargonia fue terminante al afirmar que «la prescripción implicaría que el Estado uruguayo desacata a la Corte Interamericana» y dijo que la Suprema Corte puede adoptar medidas propias que eviten la fecha del 1º de noviembre.
El peligro de desacato
Chargonia ante el pronunciamiento de la Suprema Corte de Justicia que no considera delitos de lesa humanidad los crímenes de la dictadura indicó: «Distintos pronunciamientos de Supremas Cortes de América Latina han aplicado el derecho internacional, que establece que los crímenes cometidos por el Estado en el marco de las violaciones sistemáticas a los DDHH son considerados de lesa humanidad. La postura de la Suprema Corte de Justicia de Uruguay la coloca en una posición menos avanzada que sus pares de América Latina». No obstante aclaró, que contrariamente a lo señalado por varios medios de prensa «la resolución en cuanto al recurso de ampliación y aclaración no se refiere a la prescripción de los delitos con el argumento de que no puede pre-juzgar.
Aún cuando tengamos un elemento que parece indicar una postura conservadora de la Suprema Corte de Justicia no podemos concluir sobre su opinión respecto a la prescripción de estos delitos».
Recordó que «todo esto se produce cuando Uruguay está ante una sentencia de la Corte Interamericana de DDHH en el caso Gelman que obliga a que todas las violaciones a los DDHH tienen que ser investigadas y sus responsables tienen que ser castigados. La respuesta que dé el sistema judicial a esa orden de la Corte Interamericana determinará si el Estado uruguayo cumple o incumple la Convención Interamericana de DDHH. Incumpliría si algún caso de violaciones a los DDHH, por la prescripción, o por cualquier otra causa, quedara sin castigo.
Si esto se produjera el Estado estaría desacatando la sentencia de la Corte Interamericana»
Caminos para evitar la prescripción
Consultado sobre si aún no calificando los crímenes de la dictadura como de lesa humanidad se podría considerar que no prescriben los casos afirmó: «Aún no calificándolos así podría entender que el delito no prescribe o su prescripción es distinta a la de noviembre de este año. Pongo un ejemplo, la Justicia estableció que la prescripción corre a partir del 1º de marzo de 1985, no tomó en cuenta los años de la dictadura y eso lo hizo aún sin considerarlos de lesa humanidad, al injustamente impedido no le corre plazo, es un principio general del derecho.
Es un ejemplo, de Uruguay y de estos casos, en que principios generales de derecho inciden en los plazos de prescripción. Habida cuenta que la Corte Interamericana declara que la Ley de Caducidad tiene validez nula, este mismo principio que ya se aplicó, podría extenderse a todo el plazo de vigencia de la Ley, desde el 22 de diciembre de 1986. Esto no implica definir la imprescriptibilidad pero a los efectos prácticos si supone que esos 20 años no correrían». Para Chargonia otra posibilidad es que «el legislador disponga la interrupción durante todo ese tiempo del plazo de prescripción o directamente la imprescriptibilidad de estos crímenes. Si la Corte Interamericana dice que un acto del Poder Legislativo carece de todo efecto, el Poder Legislativo sobre ese acto debería decir alguna cosa». El Poder Ejecutivo también puede
Otro espacio necesario es el de la revocación por el Poder Ejecutivo de los decretos de Julio María Sanguinetti, Luis Alberto Lacalle y Jorge Batlle que ampararon 88 casos en la Ley de Caducidad e impidieron su investigación.
Consultado sobre si el Poder Ejecutivo debe esperar que se presente un reclamo, Chargonia indicó «todo órgano administrativo que advierte que una decisión suya es ilegítima, tiene el poder de revocar esa decisión y el deber de hacerlo. Advertido que se han dictado actos administrativos al amparo de una ley que carece de validez jurídica el Poder Ejecutivo está en la situación de disponer de oficio, sin solicitud de parte, que todas las decisiones basadas en esa ley nula caigan. Sería además otra forma de dar cumplimiento al fallo de la Corte Interamericana, que le exige a todos los órganos del Estado uruguayo.
No hay ninguna norma que establezca que el Poder Ejecutivo para retornar a la senda de derecho y cumplir una sentencia internacional deba esperar que la víctima o sus familiares se presenten». En cuanto a la necesidad de identificar los 88 casos, la forma de hacerlo y la posibilidad revocarlos todos por un decreto general, Chargonia señaló «el Poder Ejecutivo sabe cuáles son sus resoluciones, que están numeradas y registradas, puede hacer un relevamiento de ellas.
No obstante, podría a través de un acto administrativo general identificar todas las resoluciones que carecen de validez y disponer que todas ellas se revoquen en forma retroactiva. Aún sin la precisión de la fecha o del número concreto de la resolución, dado que todos esos actos administrativos nacen de la aplicación de la Ley de Caducidad, este decreto sería preciso y determinaría claramente su alcance. Esa decisión genérica sería oficiada a la Suprema Corte de Justicia y esta lo haría a cada juzgado donde hay casos archivados, para que los jueces actuaran en consecuencia».
HIJOS pedirá revocación
No obstante lo anterior, Chargonia estima que es «conveniente» que organizaciones sociales, políticas y familiares de las víctimas se presenten ante el Poder Ejecutivo y el Judicial.
«La sociedad civil ha sido protagonista en la lucha por Verdad y Justicia –indicó- ante las omisiones del Estado, muchas veces la investigación y la denuncia han debido ser ocupadas por el esfuerzo de los familiares de las víctimas y las organizaciones sociales». Afirmó que «muchas personas que sufrieron tortura se están organizando para presentar denuncias en los juzgados ». Por otra parte reveló que «la asociación HIJOS va a pedirle al gobierno que revoque las resoluciones de gobiernos anteriores que impiden la investigación de casos de violaciones a los DDHH. Todo ello en el marco del cumplimiento de la sentencia de la Corte Interamericana».
Fuente: Atea y Sublebada

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